Hace escasos días leíamos una oferta laboral publicada por la Asociación de la Prensa de Madrid, en su perfil de Twitter y bajo el hashtag #gratisnotrabajo, que nos helaba la sangre: 6,5 euros por cada artículo de 1.000 palabras y 4,5 euros por cada videoblog, poniendo además un límite de 7 artículos por semana, especificando además “se buscan redactores con seriedad y constancia para nuevo proyecto de medio de comunicación”. Por si el sector del periodismo no tuviese ya suficientes problemas.
Después de miles de periodistas en paro, expulsados de las redacciones de todo tipo de medios de comunicación que prácticamente se han reducido su estructura a la mínima expresión, después del cierre de tantos medios desde el inicio de la crisis, después de la confusión que se produce en el sociedad cuando se crean falsas corrientes periodísticas como el llamado “periodismo ciudadano”…¿a dónde se pretende llevar a la profesión periodística?
Habitualmente a mucha gente se le olvida que el periodismo desarrolla una actividad vínculada directamente al artículo 20 de la Constitución y convendría recordar de vez en cuando el contenido de dicho artículo:
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Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
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El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
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La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
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Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
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Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Los medios de comunicación y por tanto, los periodistas, ejercen una función social y garantizan el derecho de los ciudadanos a estar informados convenientemente. Es evidente que los medios de comunicación son empresas y como tal buscan unos resultados económicos y están vinculados a diferentes tipos de intereses de todo tipo y especialmente ideológicos. Sin embargo, el periodismo sigue siendo y debe ser uno de los mecanismos de control con los que cuenta cualquier país democrático y un periodismo de calidad, nunca puede ejercerse a 6,5 euros el artículo.
La destrucción del periodismo mediante la eliminación de los periodistas con mayor experiencia y conocimiento, la desaparición de muchos medios de comunicación, la contratación en condiciones laborales y económicas absolutamente degradantes y otros tantos factores, unidos a la competencia que supone la revolución tecnológica, Internet, las redes sociales y la inmediatez a la que obligan estos nuevos soportes, están convirtiendo esta profesión en algo totalmente alejado a lo que debería ser la profesión periodística en su esencia.
Mantengamos la esperanza en los grandes profesionales que siguen manteniéndose en los medios y que frente a viento y marea siguen haciendo lo que han hecho siempre: periodismo de calidad.